A dónde voy
Ya está el plan en marcha, nuestro objetivo definido y hacemos un seguimiento de nuestras inversiones. Poco más podemos hacer, salvo dedicarnos a vivir y disfrutar lo máximo posible sin que el plan condicione nuestra vida.
No sabemos lo que nos depara el futuro, y no tiene sentido preocuparnos por lo que no podemos controlar. En el futuro puede haber crisis financieras que hagan caer nuestras inversiones en picado, o un boom que las dispare.
Lo único que podemos saber es que, si no ocurre nada inesperado, podemos encontrarnos en dos situaciones:
- Alcanzamos nuestro objetivo antes de la edad de jubilación: A su vez contemplo otras tres posibilidades
- Continuamos trabajando como hasta ahora, no nos interesa la IF, aunque tendremos la tranquilidad de poder dejarlo en cualquier momento y además tendremos la posibilidad de generar ingresos pasivos adicionales a partir de nuestras inversiones.
- Continuamos trabajando pero con reducción de jornada, en nuestro trabajo actual o en otro. Complementamos la pérdida de ingresos con los ingresos pasivos generados a partir de nuestras inversiones.
- Dejamos el trabajo y vivimos de los ingresos pasivos generados por nuestras inversiones.
- No alcanzamos nuestro objetivo antes de la edad de jubilación: Esta es una posibilidad real, desgraciadamente los planes pueden fallar. Pero tampoco hay que sentirse fracasado por ello, ya que el dinero que hayamos conseguido acumular será un complemento a nuestra pensión y nos dará una gran tranquilidad.
En cualquiera de estos dos casos, tendremos que pensar en cómo vamos a retirar el dinero para sufragar o ayudar a sufragar nuestros gastos. Pero antes de pensar en una estrategia, quiero reflexionar brevemente sobre algunos asuntos que pueden afectar a nuestra estrategia de retirada: La pensión de jubilación, los convenios especiales con la seguridad social y la fiscalidad de los planes de pensiones.
Pensión de jubilación
En mi grupo de amigos no es muy común que hablemos sobre la jubilación, al que menos le quedan unos 10 años, así que aun lo vemos un poco lejos; pero sí que es un tema recurrente en las noticias, y los titulares no suelen ser tranquilizadores: No se sabe si los jóvenes llegarán a cobrar una pensión, el gasto en pensiones es cada vez mayor, cada vez hay más apoyos a retrasar la edad de jubilación, las condiciones para cobrar una pensión se endurecen gradualmente, etc.
He visto que muchas personas consideran que no cobrarán una pensión a la hora de calcular el dinero que necesitan para alcanzar la independencia financiera, y lo veo algo razonable para una persona de 30 años: La incertidumbre es demasiado grande y aunque pienso que seguirá cobrando una pensión, la probabilidad de que el cálculo y la edad de jubilación sean parecidas a lo que hay ahora la veo remota. También lo veo razonable para los afortunados que alcancen la independencia financiera antes de los 50 años: Para poder cobrar una pensión hoy en día hay que cumplir estos requisitos, que alguien que deje de trabajar antes de los 50 años, difícilmente va a cumplir:
- Haber cotizado al menos 15 años,
- de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación,
- y tener la edad que fija la ley. En 2024 se sitúa en 66 años y 6 meses cuando el solicitante cuente con menos de 38 años cotizados. Si los tiene, podrá jubilarse a los 65 años.
Para los que como yo tengan previsto alcanzar la independencia financiera a partir de los 50 años, creo que al menos merece la pena hacer algunos números para analizar si podemos contar o no con la pensión de jubilación y con qué cantidad aproximada. Por eso recomiendo que utilicéis el simulador de jubilación de la Seguridad Social. Tenéis que acceder con el DNI electrónico o un certificado digital. La página os hará un cálculo de vuestra pensión de jubilación, en principio suponiendo que seguiréis cotizando hasta vuestra fecha de jubilación por la misma cantidad que estéis cotizando ahora. Ese número sería el 100% de vuestra pensión.
El simulador permite cambiar los datos de las cotizaciones futuras. Yo he hecho algunas pruebas, suponiendo que dejo de cotizar a distintas edades, y estos son los porcentajes de la pensión que cobraría dejando de trabajar en cada edad:
Dejando de trabajar a los 54 años, me jubilaría a los 67 años cobrando un 52% de la pensión. No está mal, siempre es mejor el 52% que el 0% que mucha gente está considerando en sus cálculos. Pero esto tiene un riesgo: Veréis que si dejase de trabajar a los 53 años no cobraría pensión de jubilación. Esto puede cambiar cualquier día, pero tengo claro que no será a mejor, así que hay estas opciones: Trabajar más años para cobrar algo de jubilación (no sabemos seguro cuántos), dejar de trabajar cuando consideramos que hemos cumplido nuestro objetivo y renunciar a cobrar una jubilación para la que hemos podido estar cotizando 30 años, o suscribir un convenio especial con la seguridad social.
Convenios Especiales con la seguridad social
En esta página de la Seguridad Social podéis ver los distintos convenios especiales que hay. Puede ser que os aplique más de uno de ellos, así que os recomiendo que le echeis un vistazo, pero yo me voy a centrar en el convenio especial ordinario.
En la web se explica que este convenio aplica a los trabajadores que causen baja en el Régimen de la S. S. en que estén y no queden comprendidos en cualquier otro. Se piden dos requisitos:
- Solicitar la suscripción del convenio en el plazo establecido en el apartado “Forma y plazo de solicitud” y por alguno de los medios establecidos en el apartado “Trámites y Gestiones de Convenios Especiales”.
- Tener cubierto, en la fecha de la solicitud, un período mínimo de cotización de 1.080 días en los 12 años inmediatamente anteriores a la baja en el Régimen de la Seguridad Social de que se trate.
En principio son dos requisitos sencillos de cumplir. Si nos lo conceden tendríamos que cotizar a la Seguridad Social por la base que elijamos, pero no podrá ser mayor que la media de lo que hayamos cotizado en los últimos doce meses, ni menor que la base mínima. Hay que hacer números en cada caso, pero probablemente lo que interese es cotizar por la base mínima. Según la misma web, la base mínima será la del tramo 1 de la tabla general de bases de cotización del en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Si no me he equivocado al mirarlo son 958,98 euros al mes. La cuota a ingresar a la Seguridad Social sería un 27% de esta cantidad, unos 260 euros al mes.
Puede ser interesante hacer este convenio con la Seguridad Social, porque nos permitiría jubilarnos a los 65 años en lugar de a los 67, con lo que empezaríamos a cobrar la pensión dos años antes. Y además, cotizar más años, aunque sea por el mínimo, seguramente tendrá un efecto positivo en el importe de la pensión que cobremos.
Yo hice la prueba en el simulador de jubilación de la Seguridad Social suponiendo que trabajaba hasta los 55 años y suscribía el Convenio Especial hasta los 65 años y la pensión aumentaba de un 57% a un 79% de la pensión que cobraría si trabajara hasta los 65 años.
Todo esto pueden parecer «triquiñuelas» para sisarle dinero a la Seguridad Social, pero estaremos cumpliendo escrupulosamente la Ley, y además rentabilizaremos lo máximo posible los años trabajados y cotizados.
Fiscalidad de los planes de pensiones
Otro tema recurrente cuando se habla temas relacionados con la jubilación es la fiscalidad nefasta de los planes de pensiones y el palo que nos mete Hacienda al rescatarlos. Es muy típico de España quejarnos de todo y echar la culpa a los demás de nuestros problemas, pero lo cierto que lo que paguemos a Hacienda al rescatar los planes de pensiones dependerá mucho de cómo planifiquemos nuestras retiradas de fondos.
La mayoría de las personas retira como es lógico los fondos del plan de pensiones a partir de su jubilación. Esto hasta ahora es prácticamente obligatorio, ya que no se pueden retirar antes salvo en casos excepcionales. Como lo que retiremos del plan de pensiones se suma a las renta del trabajo, y la pensión de jubilación es un rendimiento del trabajo, nos podemos encontrar con que el porcentaje de retención que nos aplica Hacienda sube significativamente. Por eso se recomienda hacer las retiradas de fondos de forma periódica en vez de en forma de capital, para tratar de suavizar este efecto.
A partir del año que viene se dará la posibilidad de retirar dinero del plan de pensiones que lleve más de 10 años en el plan, es decir, todo las participaciones que hayamos adquirido antes del 2015. Esto en principio no supone una ventaja fiscal para la mayoría de trabajadores, porque tendrán el mismo problema que en la jubilación: Lo que retiren del plan de pensiones se sumará a su base imponible como rendimiento del trabajo y Hacienda le pedirá su sustanciosa parte.
Pero para una persona que esté pensando en la independencia financiera y tenga un plan de pensiones, esto puede ser una oportunidad de retirar dinero prácticamente gratis. Os recomiendo que hagáis una prueba con el simulador de la renta. En la renta del 2023 se puede tener unos ingresos de 13000 euros y no pagar nada a Hacienda. Si además suscribimos el convenio especial con la Seguridad Social, creo que podrían reducirse esas cotizaciones de lo rescatado del plan de pensiones, con lo que podríamos rescatar aun más dinero sin tener que pasar por caja. Ahí lo dejo…
Mi plan
En principio, voy a suponer que todo irá bien y que llegaré a mi objetivo del 100% de la independencia financiera. Como mi objetivo el primer año es retirar un 4% de lo que tenga invertido, esto es lo que haría:
- Retiraré cada año de mi plan de pensiones el total que tenga cada año dividido entre el número de años que me queda para la jubilación; Es decir, si tuviera 50000 euros y me quedaran 10 años, retiraría 5000 euros. Al año siguiente si tuviera 45000 euros, como me quedarían 9 años, retiraría 5000 también, y así sucesivamente.
- Lo que me falte hasta el 4% del total, lo retiraré de mi cartera de fondos. En los años siguientes hay que tener en cuenta que la cantidad total a retirar es la del primer año incrementada con la inflación
Si no llegase a mi objetivo, tendría que analizar cada año lo que tengo en el plan de pensiones y lo que me queda para la jubilación, y hacer números para ver cuándo podría dejar de trabajar suscribiendo un convenio especial con la seguridad social y consumiendo el dinero del plan de pensiones antes de la jubilación. Complementaría lo que me faltara para cubrir los gastos con retiradas de mi cartera de fondos.
Plan de contingencia
Al principio he comentado que si no ocurría nada inesperado nos podíamos encontrar en dos situaciones, que son las que he comentado en Mi plan. Pero, ¿qué pasa si ocurre algo imprevisto? Intentar tener un plan ante cualquier eventualidad es un trabajo titánico, y no voy a dedicarle tiempo por el momento. Sí que en el plan que tengo hay incluido algo de conservadurismo que creo que me permitiría superar los imprevistos, pero sería imprudente pensar que cualquier contingencia está cubierta. De cualquier manera, tengo algunos ases en la manga que me podrían ayudar a superar económicamente esos momentos:
- Cuando en 2019 definí la cifra a la que tenía que llegar para alcanzar la independencia financiera fui algo conservador. Esa cifra la he ido aumentando cada año con la inflación o el 3% (el valor que sea mayor), así que aun sin llegar al 100% del objetivo tendría posibilidad de cubrir mis gastos.
- En mis cálculos había reservado una parte de dinero para pagar impuestos que seguramente sea mayor que la que pagaré realmente, por lo que he comentado sobre la fiscalidad de los planes de pensiones y el convenio con la seguridad social, que sí lo había incluido como un posible gasto.
- Tengo un colchón de seguridad que debería cubrir entre 6 y 12 meses de mis gastos. En un momento de crisis puntual podría parar mi retirada de fondos y sacar el dinero de este colchón.
- Tengo otra cuenta de ahorro para gastos puntuales y previsibles de entre uno y dos años de gastos. Tocaría retrasar o eliminar esos gastos, pero en una situación imprevista sería razonable usar este dinero para los gastos habituales.
- No estoy contando con los ingresos de mi pareja. Llevamos cuentas separadas, aunque compartamos la mayor parte de nuestros gastos de una forma un poco anárquica. Quizás no se podrían cubrir todos los gastos con sus ingresos, pero es muy poco probable que tengamos que depender solo de sus ingresos.